Tesis Sobre la Teología del Pacto

1. Prolegómenos

  1. La teología del Pacto estructura la totalidad de la
    revelación Bíblica.
  2. La forma de los pactos revelados en la Escritura se tomó
    prestada del mundo antiguo del cercano oriente, se acomoda a
    él, y debe ser entendida en ese contexto.
  3. El pacto es la explicación más coherente de la
    revelación Bíblica y la naturaleza y autoridad del canon.

2. Histórica

  1. La teología del pacto no surgió de novo en los siglos 16
    y 17 sino que virtualmente todos los elementos que
    conformaban la teología Reformada del pacto existían de
    manera incipiente en épocas tempranas.
  2. La ortodoxia Reformada se volvió a la teología del pacto
    para darle una expresión histórica redentora a su teología
    exegética (bíblica) y dogmática.
  3. Tal y como fue entendida y practicada por la ortodoxia
    Reformada, no había una distinción significativa entre la
    teología del pacto y la teología federal.
  4. El Luteranismo Ortodoxo parece haber rechazado la
    teología pactal Reformada porque miraban en ella una
    confusión entre la Ley y el Evangelio.
  5. Sin embargo, la teología Reformada se volvió a la
    teología del pacto no para modificar o rechazar el avance de
    Lutero, sino para preservar la soteriología Protestante y
    relacionar de manera coherente la justificación y la
    santificación.
  6. La teología Reformada clásica enseñaba tres pactos: el
    pacto de redención (pactum salutis), el pacto de obras (foedus
    operum) y el pacto de gracia (foedus gratiae).

3. Bíblica / Exegética

  1. El Dios de la Biblia se relaciona con Sus creaturas
    pactalmente desde la eternidad (pactum salutis), en la
    creación (pacto de obras), en la providencia (pacto de
    preservación) y en la redención (pacto de gracia).
  2. Oseas 6:7 (“como Adán”) confirma la conciencia de los
    autores Bíblicos de un pacto de obras prelapsario.
  3. El Apóstol Pablo presupone la existencia de una pacto de
    obras prelapsario en pasajes como Romanos 2:13 y 4:4.
  4. La excomunión del árbol de la Vida (Génesis 3:22-24)
    confirma la naturaleza probatoria del pacto de obras.
  5. Hubo múltiples señales y sellos del pacto de obras
    incluyendo los relacionados con la creación como lo son el
    Sabbath, el árbol del conocimiento del bien y del mal y el
    árbol de la vida.
  6. La primera promesa Evangélica en Génesis 3:15 anuncia el
    pacto de gracia, i.e., la redención de los elegidos por el
    Mediador.
  7. El pacto de gracia es el registro histórico progresivo
    de la administración del Evangelio en la historia de la
    redención.
  8. El primer pacto con Noé (Génesis 6:17-19) fue particular
    y una administración del pacto de gracia.
  9. El segundo pacto con Noé (Génesis 9:8-17) fue un pacto
    universal no-salvífico que prometía la restricción del
    juicio hasta el último día.
  10. El pacto Abrahámico es una renovación de la promesa/pacto
    post-lapsario hecha a Adán (Génesis 3:15; 17).
  11. En la historia de la redención el pacto de gracia fue
    renovado en Abraham de tal forma que él es el padre de todos
    los que creen (Romanos 4:11; Juan 8:56).
  12. El pacto Abrahámico es, lógica e históricamente,
    anterior al pacto Mosaico.
  13. El pacto Mosaico no fue renovado bajo Cristo, pero el
    pacto Abrahámico sí lo fue.
  14. La promesa de la tierra hecha a Abraham (Génesis 15:18;
    éxodo 6:4; Jueces 2:1) era típica de las bendiciones
    venideras del Nuevo Pacto (Génesis 2:4; Gálatas 3:14;
    Hebreos 8) y del estado final (Hebreos 11:10).
  15. Todos aquellos justificados bajo Moisés fueron
    justificados solo por gracia, por medio de sólo la fe en
    Cristo solamente.
  16. Con respecto a la promesa de la tierra el pacto Mosaico
    fue, por mutación, una republicación del pacto Adánico de
    obras.
  17. Con respecto a la justificación y la salvación, el pacto
    Mosaico fue una administración del pacto de gracia.
  18. A los Israelitas se les entregó la tierra y la
    mantuvieron por gracia pero fueron expulsados por la falla
    de no mantener el pacto temporal y típico de obras (Génesis
    12:7; éxodo 6:4; Deuteronomio 29:19-29; 2 Reyes 17:6-7;
    Ezequiel 17).

4. Sistemática / Dogmática

  1. La teología del pacto es tan de la esencia de la
    teología Reformada que modificar su teología del pacto es
    modificar la sustancia de la teología Reformada.
  2. La disposición pactal de la historia de la redención y
    la revelación pactal progresiva de la Escritura no es un
    mero convencionalismo, sino más bien un reflejo de las
    relaciones intra-Trinitarias.
  3. Todos los pactos revelados en la Escritura contienen
    tanto bendiciones prometidas como amenazas de peligros.
  4. El pacto pre-temporal de redención (pactum salutis) se
    halla detrás del pacto de obras y del pacto de gracia y
    ordena la historia de la redención.
  5. En la historia de la redención el pactum salutis
    significa obras para el Hijo y gracia para nosotros.

5. El pactum salutis

  1. El pactum salutis se halla bíblicamente fundamentado en
    el Salmo 110, Juan 5:30; 6:38-40; 17; Gál. 3:20 entre otros
    lugares.
  2. Cristo cumplió las obligaciones legales del pactum
    salutis en su obediencia activa y pasiva como el
    representante de los elegidos.
  3. La acusación de que el pactum salutis tiende al
    triteísmo parece ignorar la distinción entre la Trinidad
    económica y la Trinidad ontológica.
  4. La obra del Espíritu Santo no siempre ha sido discutida
    bajo el pactum salutis solo porque se enfoca en la
    realización de la redención en lugar de enfocarse en la
    aplicación de la redención.
  5. Dado que el Espíritu ciertamente consintió en aplicar la
    obra de Cristo a los elegidos (Juan 15:26), no hay razón por
    la cual la obra del Espíritu Santo no pueda ser integrada en
    el pactum salutis.

6. El Pacto de Obras (foedus operum)

  1. El pacto pre-lapsario puede ser llamado un pacto de
    obras con respecto a sus términos, un pacto de vida con
    respecto a sus metas y un pacto de naturaleza con respecto a
    su escenario. Todos los tres nombres describen el mismo
    pacto.
  2. En la teología Reformada el pacto de obras es idéntico a
    la Ley que dice: Haz esto y vivirás.Jesucristo cumplió el pacto de obras en su obediencia activa
    y pasiva a la ley de Dios a favor de su pueblo.
  3. El pacto de obras fue abrogado como camino a la vida
    eterna por la caída.
  4. Los términos del pacto de obras continúan post-lapsum
    para obligar a todas las creaturas racionales y debe ser
    cumplido perfectamente tanto personal como vicariamente.
  5. Cualquiera que niegue al pacto prelapsario de obras pone
    en peligro la doctrina Bíblica y Protestante de la
    justificación solo por gracia, a través solo de la fe en
    Cristo solamente.

7. El Pacto de Gracia (foedus gratiae)

  1. Cuando hablamos en términos pactales siempre debiésemos
    especificar a cuál pacto nos referimos.
  2. El pactum salutis es distinto del pacto de gracia y es
    la base del mismo.
  3. Es un grave error teológico confundir el pacto de obras
    con el pacto de gracia.El término pacto de gracia se puede en un sentido amplio y
    en un sentido más restringido.
  4. Usado en el sentido más amplio, el pacto de gracia no es
    sinónimo de elección de modo que todos los elegidos están en
    el pacto de gracia, pero no todos en el pacto de gracia son
    elegidos.
  5. Usado en el sentido más restringido, el pacto de gracia
    se refiere únicamente a los elegidos.
  6. Existe una distinción justa y necesaria que ha de
    hacerse entre aquellos que están en el pacto de manera
    amplia (externamente) y aquellos que están en el pacto tanto
    de manera amplia como restringida (internamente).
  7. La distinción interna/externa es un corolario de la
    distinción entre la iglesia considerada de manera visible e
    invisible.
  8. El Evangelio no es una promesa de elección sino una
    salvación soberana y llena de gracia del pecado cuya
    salvación es recibida por medio de la fe sola.
  9. Existen dos beneficios principales del pacto de gracia:
    justificación y santificación, de las cuales la
    justificación tiene prioridad lógica.
  10. El único fundamento de la justificación es el
    cumplimiento de la condición del pacto de obras por parte de
    Cristo en su obediencia activa y pasiva.
  11. El único objeto de la fe justificadora es Cristo, el
    Garante del pacto de redención para nosotros, y el
    cumplimiento del pacto de obras para nosotros, y el Mediador
    del pacto de gracia para nosotros.
  12. El único instrumento y condición de la justificación del
    pacto de gracia es una fe pasiva, extraspectiva y receptiva
    que confía en la capacidad de Cristo para guardar el pacto
    de obras.
  13. Solamente los creyentes reciben los principales
    beneficios del pacto.
  14. En la teología Reformada el pacto de gracia es un pacto
    Evangélico que tiene precisamente los mismos términos y
    condiciones del Evangelio.
  15. Se puede decir que la fe justificadora es la única
    condición o instrumento apropiado del pacto de gracia.
  16. El pacto de gracia fue inaugurado post-lapsum y ha de
    distinguirse en agudo contraste del pacto de obras.
  17. El pacto de gracia es monopleural en origen y dipleural
    en administración, i.e., la oferta del Evangelio es
    incondicional en su origen pero la recepción de sus
    beneficios está condicionada por la fe justificadora que es,
    en sí misma, el solo don gratuito de Dios a los elegidos.
  18. El monopactismo o la negativa de distinguir entre el
    pacto de obras y el pacto de gracia implica una confusión de
    la Ley y el Evangelio.
  19. El eslogan “dentro por gracia, permanece dentro por las
    obras,” es nada menos que la herejía de los Gálatas
    condenada por el Apóstol Pablo.
  20. Es innecesario yuxtaponer los aspectos legales y
    relacionales de la teología del pacto. En todos los tres
    pactos, se presuponen las relaciones personales en las
    relaciones legales justas.
  21. La santidad es el segundo beneficio del pacto de gracia
    y fluye de la justificación.
  22. La santidad es un don tan lleno de gracia como la
    justificación.
  23. La santidad es lógica y moralmente necesaria como
    evidencia de la regeneración, la fe y la justificación.
  24. Considerada con relación a la santificación (en
    distinción de la justificación) se puede decir que la fe es
    activa y es iniciada y sustentada por la gracia pero
    involucra la cooperación humana con la gracia santificadora.
  25. La santidad no es instrumento o fundamento de la
    justificación.
  26. La santidad fluye a partir del uso apropiado de las
    señales y sellos pactales divinamente ordenados.
  27. El tercer uso de la ley moral es la norma de la vida del
    pacto.
  28. La negación del tercer uso de la Ley (tertius usus legis)
    conduce al antinomismo.
  29. El tercer uso de la ley, como el primero, también nos
    conduce a Cristo.
  30. Relación del Antiguo y el Nuevo Pacto
  31. El término “Antiguo Pacto,” como se usa en la Escritura,
    se refiere a la época Mosaica y no a todas las épocas antes
    de la encarnación ni a todas las Escrituras Hebreas y
    Arameas de manera indiscriminada.
  32. El Antiguo Pacto fue temporal y tipo del Nuevo Pacto.
  33. En términos históricos y redentores el Antiguo Pacto (Mosaico)
    tiende a favorecer el ministerio de la Ley (“la letra”)
    mientras que el Nuevo Pacto tiende a favorecer el ministerio
    del Espíritu Santo (2 Corintios 3).
  34. El Nuevo Pacto es el cumplimiento de la promesa hecha a
    Adán (Génesis 3:15) y el (Abrahámico) pacto de gracia.
  35. El Nuevo pacto es la realidad tipificada por los tipos y
    sombras previos a la encarnación (2 Corintios 1:20; Juan
    6:32; Hebreos 7-9).

8. Teología del “Nuevo Pacto”

  1. Igual que el Dispensacionalismo, la teología del “Nuevo
    Pacto” (TNP) no es suficientemente Trinitaria en su
    hermenéutica.
  2. La TNP ignora la unidad del pacto de gracia.
  3. Es algo confuso como la TNP no tiende hacia una
    discontinuidad radical entre Moisés y Cristo.
  4. La TNP no explica la distinción entre Moisés y Abraham.
  5. La TNP tiende hacia el antinomismo.

9. El Dispensacionalismo

  1. De las tres etapas en la historia del Dispensacionalismo
    (clásico, modificado, progresivo), las primeras dos son
    hostiles a la teología del pacto.
  2. El Dispensacionalismo clásico y el modificado tienden
    hacia una disyunción radical (Marcionita) entre Moisés y
    Cristo.
  3. Igual que la Teonomía, el Dispensacionalismo
    erróneamente hace del pacto Mosaico la meta en lugar de
    verlo como una disposición temporal y típica.
  4. Al postular dos pueblos el Dispensacionalismo resucita
    la pared divisoria que Cristo abolió en su carne.

10. La ética

  1. Debido a que las leyes civiles y ceremoniales estaban
    vinculadas, de manera específica e intencional, al Antiguo
    pacto (Mosaico), estas fueron cumplidas en la obra Real (referida
    a la realeza) y Sacerdotal de Cristo, y por lo tanto, ya no
    son obligatorias para el Cristiano.
  2. La ley civil Mosaica, debido a que estaba vinculada
    específica e intencionalmente al antiguo pacto (Mosaico)
    temporal y típico, nunca tuvo el propósito de servir como
    norma para cualquier otro estado más que para la teocracia
    Mosaica-Davídica.
  3. Cualquier intento de re-imponer las leyes civiles
    Mosaicas o sus penalidades falla al no entender el carácter
    tipológico, temporal y nacional del Antiguo pacto (Mosaico).
  4. La ley moral, en el grado en que exprese la sustancia de
    la voluntad moral de Dios y que no esté vinculada a las
    ceremonias del Antiguo pacto continúa siendo obligatoria
    para todos los seres humanos.
  5. En el Nuevo Pacto, se puede decir que solamente la
    segunda tabla de la Ley es obligatoria para el estado.
  6. Existen dos reinos: el de la mano derecha y el de la
    izquierda.
  7. Ambos reinos se hallan bajo la autoridad de Cristo, pero
    son administrados de maneras diferentes.
  8. En cada reino los Cristianos viven bajo el señorío de
    Cristo de acuerdo a la naturaleza de ese reino.
  9. El reino de la mano Derecha describe el ministerio de la
    Palabra y los sacramentos.
  10. El reino de la izquierda describe el ejercicio del poder
    en los ámbitos eclesiástico y civil.
  11. Debido a la distinción entre los dos reinos y debido a
    que el decálogo es sustancialmente idéntico con la ley
    natural, los Cristianos debiesen abogar por leyes y
    políticas en el ámbito civil sobre la base del conocimiento
    universal y natural de la segunda tabla de la ley.

11. Eclesiástico

  1. La iglesia es tanto la comunidad pactal, universal y
    local, que confiesa a Cristo.
  2. Dios ha ordenado tres oficios especiales en la comunidad
    pactal que confiesa a Cristo: ministro, anciano y diácono.
  3. Los Cristianos están obligados a unirse y formar parte
    de una verdadera comunidad pactal que confiese a Cristo.
  4. Las señales de una verdadera comunidad pactal que
    confiesa a Cristo son la predicación pura del
  5. Evangelio (el pacto de gracia), la administración pura
    de las señales y sellos pactales (los sacramentos) y la
    administración de la disciplina.
  6. Una vida genuinamente Cristiana no puede ser vivida, de
    manera ordinaria, fuera de una verdadera comunidad pactal
    que confiese a Cristo.
  7. Los miembros de la comunidad pactal que confiese a
    Cristo que hayan recibido la señal y sello del pacto están
    moralmente obligados a vivir en fidelidad a esa comunidad y
    a hacer un uso regular y consistente de los medios de gracia
    (la Palabra y los sacramentos).
  8. Se puede decir que el asistir y participar de los medios
    de gracia son las estipulaciones, obligaciones morales, o
    incluso condiciones de segundo orden del pacto de gracia en
    tanto que se distingan de la condición o instrumento
    apropiado del pacto de gracia.
  9. La Palabra y el Espíritu del Pacto
  10. La Palabra del pacto se halla en dos partes: Ley y
    Evangelio.
  11. La proclamación del Evangelio es el medio divinamente
    ordenado por el cual el Espíritu Santo opera fe en los
    corazones en los corazones de los miembros del pacto de
    gracia.
  12. Señales y Sellos del Pacto (Sacramentos)
  13. Hay dos señales y sellos (sacramentos) del pacto de
    gracia, el Bautismo y la Cena del Señor.
  14. Los sacramentos significan y sellan la identidad y la
    unión del creyente con la muerte y sepultura de Cristo.
  15. Como señales y sellos del pacto de gracia son Evangelio,
    no Ley.
  16. Los sacramentos son señales para todos y sellos para los
    elegidos.
  17. Las señales y sellos del pacto son una bendición para
    los elegidos pero también vienen con peligros para los
    reprobados.
  18. Debido a la distinción visible/invisible (interna/externa)
    es posible participar en las señales y sellos del pacto con
    perjuicio de uno (1 Corintios 10; Hebreos 6; 10).
  19. Las señales y sellos del pacto son medios de gracia para
    todos los creyentes por los cuales su fe es genuinamente
    fortalecida y su santificación impulsada.
  20. Debido a que niegan la distinción de lo interno/externo,
    los que abogan por la “objetividad del pacto” enseñan una
    visión de los sacramentos que es virtualmente indistinguible
    de la visión ex opere operato Romana.

12. El Bautismo

  1. A diferencia de la Cena del Señor, el Bautismo es la
    señal y sello de iniciación en el pacto de gracia.
  2. En la historia de redención el bautismo sucedió a la
    circuncisión como la señal y sello de iniciación.
  3. Se puede decir que todas las personas bautizadas están
    en el pacto de gracia en el sentido más amplio.
  4. No todos los que son bautizados reciben la sustancia o
    beneficios del pacto de gracia.
  5. El bautismo por sí mismo no regenera o no une
    necesariamente al bautizado con Cristo.
  6. La Escritura requiere el bautismo de los adultos
    conversos que no hayan sido previamente bautizados.
  7. La Escritura enseña el bautismo de los hijos en el pacto.
  8. No bautizamos a los niños del pacto sobre la
    presuposición de su regeneración, sino sobre la base del
    mandamiento y promesas divinas que acompañan al bautismo.
  9. Por esa razón, toda objeción hecha contra el bautismo
    pactal (de infantes) y que se pueda hacer contra la
    circuncisión pactal (de infantes) tal y como se practicó
    bajo Abraham el padre de los creyentes del Nuevo Pacto, es
    inválida.
  10. Así como la antigua señal y sello de la iniciación
    pactal (circuncisión) podía ser observada una vez así la
    nueva señal y sello de la iniciación pactal (el bautismo)
    solamente puede ser observado una vez.

13. La Cena del Señor

  1. A diferencia del Bautismo, la Cena es la señal y sello
    de la renovación del pacto.
  2. Como señal de la renovación del pacto la Cena no es
    apropiada para aquellos que no puedan entender la naturaleza
    de la presencia de Cristo o la bendición y el peligro que
    acompañan a la Cena.
  3. La Cena del Señor es el cumplimiento de todas las
    festividades típicas de Israel.
  4. Así como los creyentes se alimentaron del cordero de la
    Pascua, como el verdadero Cordero de Dios, así Cristo se
    halla realmente y verdaderamente presente en la Cena.
  5. En la Cena, los creyentes se alimentan del verdadero
    cuerpo y sangre de Cristo por la fe, por medio de la
    operación del Espíritu Santo.
  6. Debido a que la antigua comunidad del pacto festejaba
    cada vez que se reunía, y debido a que la Cena es la señal y
    sello de la renovación del pacto ordenada por Cristo debiese
    ser observada cada vez que la comunidad pactal se reúne.

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